Ir directamente a la navegación principal Ir directamente a la búsqueda Ir directamente al contenido principal

La infracción por diferimiento tributario

Producción científica: Contribución a una revistaArtículoInvestigaciónrevisión exhaustiva

Resumen

El artículo 191.6 de la Ley general tributaria (LGT) regula la medida sancionadora contra el mal llamado «decalaje», marcada por la particularidad de que la cuota tributaria a ingresar resulta voluntariamente regularizada. En el presente trabajo se analiza la cuestión de su naturaleza y bien jurídico protegido, concluyendo que se trata de una infracción de perjuicio económico que protege el interés público en la efectividad de los recargos del artículo 27 de LGT, persuadiendo para la regularización voluntaria formal. Tal entendimiento, que resulta esencial para poder enjuiciar la proporcionalidad de la medida, es opuesto a recientes pronunciamientos del Tribunal Supremo, y pone de manifiesto lo erróneo de aproximar su bien jurídico directo al de una infracción tributaria formal.
Idioma originalEspañol
Páginas (desde-hasta)5-44
Número de páginas40
PublicaciónRevista de Contabilidad y Tributación. CEF
N.º479
DOI
EstadoPublicada - 1 feb 2023

Palabras clave

  • Bien jurídico
  • Infracciones
  • Recargos
  • Diferimiento tributario

Citar esto