Resumen
En este trabajo se comenta la Sentencia del Tribunal Constitucional español de 13 de noviembre de 2019 en relación a la competencia de la Generalitat de Cataluña en materia de Derecho civil. Se destaca que esta decisión supone un cambio relevante respecto a la doctrina sentada en decisiones anteriores y se advierte que es la vía para extender hasta el límite marcada por las materias que el 149.1.8ª reserva exclusivamente al estado la competencia en materia civil de las Comunidades Autónomas. La doctrina podría ser utilizada por varias Comunidades para extender su competencia en materia civil, aunque también se advierte de que la actitud del Tribunal Constitucional puede no ser, en relación a otras Comunidades Autónomas, la misma que mantiene respecto a Cataluña
Idioma original | Español |
---|---|
Páginas (desde-hasta) | 640-651 |
Publicación | Anuario español de derecho internacional privado |
Volumen | XIX-XX |
Estado | Publicada - 2020 |