Hipoteca multidivisa. No se trata de un instrumento financiero complejo. Nulidad parcial por falta de transparencia: Comentario a la STS de 15 noviembre 2017 (RJ 2017, 4730)

Producción científica: Contribución a una revistaArtículoInvestigaciónrevisión exhaustiva

Resumen

La hipoteca multidivisa no es un instrumento financiero derivado complejo por lo que no debe aplicarse la LMV. No se dieron explicaciones adecuadas a los prestatarios acerca de que las fluctuaciones en la divisa pactada podían producir incrementos importantes de la cuota ni se facilitó el folleto informativo ni la oferta vinculante a los que se refiere la Orden de 5 de mayo de 1994. Hubo falta de transparencia en relación con la cláusula de moneda extranjera que provocó un grave desequilibrio en perjuicio del consumidor contrario a la buena fe. La consecuencia de ello es la nulidad parcial en relación con la denominación de la moneda y al índice de referencia y su sustitución por la moneda nacional del prestatario (euros) por el Euríbor en lugar del Líbor.
Idioma originalEspañol
PublicaciónCuadernos Cívitas de jurisprudencia civil
N.º106
EstadoPublicada - 2018

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