Detalles del proyecto
Descripción
La reforma y publicación del nuevo Código Penal ha profundizado en el debate de los menores y su responsabilidad tanto civil como penal. De ahí, la necesidad de elevar la edad penal a dieciocho años (art. 19 CP) y de que vea la luz una ley de responsabilidad penal del menor que también regule los aspectos civiles de dicha responsabilidad. En conexión directa con este replanteamiento y de la sensibilidad manifestada por la sociedad se hizo necesario reformar el Código Civil -y, correlativamente, la Ley de Enjuiciamiento civil- en virtud de la Ley orgánica 1/a996, de 15 de enero, para adecuar la normativa a una realidad social que solicitaba una mayor protección de los menores. Sobre todo, en el supuesto más frecuente de malos tratos. Ello llevó a la modificación sustancial de la institución del acogimiento y a instaurar como necesaria una fase de prueba previa a la adopción (el acogimiento pre-adoptivo) así como la modificación de diferentes aspectos de las instituciones de guarda-tutela y patria potestad- siempre pensando en el interés del menor sometido a ella. Se trata, por tanto, de analizar las reformas llevadas a cabo, fijar las reglas jurídicas que regulan cada una de las instituciones y revisar el sistema de protección del menor a la luz de la tendente unificación normativa, a escala internacional, en relación con las redes de pornografía infantil, prostitución y abusos a menores que presentan una vertiente netamente civil en orden a la responsabilidad de sus guardadores frente a terceros y frente a los propios menores.
| Estado | Finalizado |
|---|---|
| Fecha de inicio/Fecha fin | 1/12/97 → 1/12/00 |
Financiación
- Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (DGESIC): 15.025,30 €
Huella digital
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