Resum
El artículo 114 CP prevé la posibilidad que el Juez o Tribunal modere la
responsabilidad civil derivada del delito por la que debe responder el causante
del mismo cuando la víctima ha participado de forma culposa o dolosa en la
producción del daño. Nos encontramos ante un poder discrecional a la hora de
determinar si se reduce o no esa indemnización, que deberá, por tanto, constar
debidamente motivado en la Sentencia.
responsabilidad civil derivada del delito por la que debe responder el causante
del mismo cuando la víctima ha participado de forma culposa o dolosa en la
producción del daño. Nos encontramos ante un poder discrecional a la hora de
determinar si se reduce o no esa indemnización, que deberá, por tanto, constar
debidamente motivado en la Sentencia.
Idioma original | Espanyol |
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Número d’article | 10651/2023 |
Nombre de pàgines | 9 |
Revista | La ley penal. Revista de derecho penal, procesal y penitenciario |
Número | 164 |
Estat de la publicació | Publicada - de set. 2023 |
Paraules clau
- Moderación de la responsabilidad civil
- Responsabilidad civil subsidiaria del Estado
- Concurrencia de culpas
- Responsabilidad civil derivada de delito